Los domicilios electrónicos en procesos ante el Poder judicial serán analogados al domicilio real donde debieren practicarse las notificaciones.
El Poder Ejecutivo implementará en los procesos administrativos la constitución de domicilio electrónico, donde tendrán validez y eficacia jurídica todas las notificaciones realizadas.
Se creará el Registro de domicilios electrónicos.

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