La Unidad de Información Financiera (UIF), mediante la Resolución N.º 90/2026, dispuso la suspensión temporal de la primera presentación del Informe de Revisión Externa Independiente prevista para los abogados como sujetos obligados, en el marco del proceso de reforma de la Resolución UIF N.º 48/2024.
La medida deja sin efecto, de manera transitoria, el plazo que vencía el 31 de agosto de 2026 para la presentación de dicho informe.
La suspensión no modifica el resto de las obligaciones establecidas por la Resolución UIF N.º 48/2024. En consecuencia, los abogados deberán continuar conservando la documentación y los registros correspondientes a los períodos 2024 y 2025.
La decisión fue comunicada por el presidente de la UIF y tiene como objetivo fortalecer las medidas de prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP).




