Se le ordenó celebrar mesa de diálogo en plazo perentorio de 15 días para dar solución a las situaciones que afectan gravemente el ejercicio de la abogacía en su ámbito.
En el mes de marzo del corriente año COLPROBA interpuso una “Pretensión de restablecimiento o reconocimiento de derechos y de cesación de vías de hecho, en los términos del art. 12, incs. 2 y 5 del CCA, contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires”, recaída en el Juzgado Contencioso Administrativo N° 3, de La Plata, a cargo del Dr. Francisco Terrier. En la oportunidad se solicitó que se ordene al IPS arbitre las medidas inmediatas –y de carácter urgente-, que posibiliten el pleno ejercicio profesional de los/as abogados/as al verse impedidos de acceder a la tramitación como al debido asesoramiento de los beneficios previsionales (por mandato de terceros) sin obstáculos fácticos ni electrónicos/digitales -vía procedimientos “on line”.
En dicho marco fue concedida la medida precautoria solicitada que ordena al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en un plazo de 15 días, se celebre una mesa de diálogo, y se delineen las características del “Rol” que en el sistema de gestión los abogados deberán utilizar al ingresar con un usuario propio, previo acreditar la personería invocada, adecuando el organismo previsional la normativa vigente a tal fin.