El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA) manifiesta su profunda preocupación institucional ante la reciente decisión del Poder Ejecutivo Nacional de designar por decreto a los Dres. Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
COLPROBA rechaza categóricamente este mecanismo excepcional de designación por consideraciones jurídico-institucionales fundamentales. Si bien el artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional faculta al Poder Ejecutivo a realizar nombramientos, esta prerrogativa debe interpretarse restrictivamente y como último recurso institucional, no como vía alternativa ante la dificultad de obtener los acuerdos constitucionales requeridos. La designación de magistrados para integrar el máximo tribunal de justicia de la República exige, por imperativo constitucional, no solo la propuesta del Poder Ejecutivo sino también el acuerdo de dos tercios de los miembros presentes del Senado (art. 99 inc. 4 CN). Este requisito constituye una garantía republicana fundamental que asegura la idoneidad, independencia e imparcialidad de quienes ocuparán tan alta magistratura, valores que se ven comprometidos al eludirse el proceso de deliberación y examen propio del acuerdo senatorial. Cabe señalar que la excepcionalidad de los nombramientos por decreto responde a situaciones de vacancia imprevista y urgencia institucional que imposibiliten el normal funcionamiento del órgano. Sin embargo, las actuales vacantes en la Corte Suprema son de larga data y el tribunal ha continuado funcionando regularmente, por lo que no se configura una emergencia institucional que justifique obviar el procedimiento constitucional ordinario.
Sin perjuicio de lo expuesto, COLPROBA también observa con preocupación la dilación injustificada por parte del Senado de la Nación en el tratamiento de los pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo en marzo de 2024. Esta demora de casi un año en el análisis y resolución de las candidaturas propuestas evidencia un comportamiento institucional reprochable que contribuye al debilitamiento del sistema republicano. La prolongada inacción del Senado no responde a un análisis riguroso de las calidades técnicas y éticas de los candidatos, sino a consideraciones de conveniencia política coyuntural, lo que desnaturaliza la función constitucional de control que debe ejercer dicha Cámara. El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires insta a todos los poderes del Estado a respetar los mecanismos institucionales establecidos en la Constitución Nacional para la designación de los jueces de la Corte Suprema, garantizando así la legitimidad, independencia y calidad institucional del máximo tribunal de justicia. Exhortamos al Senado de la Nación a asumir con responsabilidad institucional la tarea de evaluar con celeridad y objetividad los pliegos de los candidatos propuestos, y al Poder Ejecutivo a reconsiderar esta decisión que vulnera el espíritu republicano de nuestra Constitución Nacional. La fortaleza del Poder Judicial, y en particular de la Corte Suprema de Justicia, radica en su legitimidad institucional, la cual se ve severamente afectada cuando se prescinde de los mecanismos constitucionales diseñados para garantizar su independencia y excelencia.
Exhortamos al Senado de la Nación otorgue urgente tratamiento a los pliegos recibidos, para poner fin a esta situación.