Priorizan la ley de aranceles de cada jurisdicción
En el marco de la causa “Cucci Alberto Luis c/ Rodríguez Jorge Eduardo y otros s/ daños y perjuicios (accidente de tránsito sin lesiones)”, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 730 del CCyCN y por ende su inaplicabilidad al caso concreto.

El voto mayoritario de los jueces que integran la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en la resolución dictada el 1 de abril del presente año expresan “…lo expuesto comporta lisa y llanamente -según nuestro entender- una disminución de la retribución profesional derivada de los aranceles vigentes en cada jurisdicción, invadiendo potestades propias de las diversas provincias que se reservaron atribuciones exclusivas para la reglamentación en su territorio del ejercicio de distintas profesiones (art.121 Constitución Nacional), lo que pone en evidencia su manifiesta inconstitucionalidad en tanto conculca lo preceptuado por los artículos 14, 14 bis, 16 y 17 de la C.N. “

FALLO INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 730