A lo largo del período que se analiza, el máximo organismo intervino como Tribunal de Alzada en 13 oportunidades, conforme a la atribución que le confieren los artículos 29, segundo párrafo, y 50, inciso g), de la Ley 5177 (t.o.), y 72 del Reglamento de Funcionamiento aprobado por el Decreto 2885/01. En general, se confirmaron 8 sentencias y se modificaron 5.
En lo que respecta a las categorías de sanciones de origen, hubo 6 suspensiones; 3 advertencias individuales; 2 advertencias en presencia del Consejo Directivo, y 2 penas de multa. En tanto, en el Consejo Superior de las suspensiones se confirmaron 4 y en 2 se redujo el plazo; se confirmaron las 3 advertencias individuales; una advertencia en presencia del Consejo Directivo se confirmó y en la otra se dispuso la absolución; mientras que en la multa en una se redujo el quantum y en la otra se decretó la absolución.
Tomando en cuenta los Colegios de origen, se registraron los siguientes ingresos de causas: