CONVOCATORIA A INSCRIPCION

En cumplimiento del artículo 3º del convenio marco de cooperación celebrado entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, se comunica que a partir del 21 del corriente mes comenzarán a recibirse inscripciones en el Listado de Profesionales para prestar el servicio de asistencia jurídica a las personas víctimas de delitos que carecieren de recursos económicos.

Los interesados deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 5º y 7º del respectivo reglamento, a saber:

ARTICULO 5º: LISTADO DE PROFESIONALES. El Consultorio abrirá una lista de profesionales abogados que deberán reunir los siguientes requisitos, consignados en el artículo 135 de la reglamentación de la ley 5177 (Decreto 2885/01):

– Ser abogado matriculado en el Departamento Judicial que corresponda al Consultorio Jurídico que lo hubiere designado.

– Tener vigente la matrícula profesional respectiva.

–  Cumplir con los cursos de actualización y especialización que al efecto disponga el Colegio  de Abogados de la Provincia de Buenos Aires en forma conjunta con el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. El Consultorio Jurídico y/o el Consejo Directivo podrán eximir de esta exigencia en aquellos casos en  que se acredite en forma fehacientemente probada su experiencia e idoneidad en la materia.

ARTICULO 7º: CONSTITUCION DE DOMICILIO. Los profesionales desinsaculados deberán constituir domicilio en la localidad que corresponda a la jurisdicción de la causa adjudicada, siendo de aplicación las disposiciones contenidas en los artículos 76 y siguientes de la ley 5177 y 133 y siguientes de su decreto reglamentario.

PARA CONSULTAS, DIRIGIRSE AL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (Calle 14 Nº 747, La Plata; tel. 0221-423-1530; COLPROBA@netverk.com.ar) O AL COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE …….. CALLE …. Nº …., …… (ciudad) (Tel. …….; (dirección de mail)), en el horario de funcionamiento administrativo.