Convenio con la empresa FOJASWEB S.R.L.
El Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires entendiendo como uno de sus deberes y atribuciones celebrar convenios con entidades privadas para prestar la mayor asistencia a los abogados en ejercicio de la profesión, ha suscripto un convenio con la empresa FOJASWEB SRL.
FOJAS es una empresa que ha desarrollado un software para abogados, a través de una plataforma gratuita de gestión jurídica, destinada a simplificar la tarea del letrado, a través del seguimiento de los expedientes, con la posibilidad de agregar a las fichas pertinentes documentos de Word, PDF, Excel, Imágenes y Enlaces a Páginas Web.
Con la firma del acuerdo, FOJAS permitirá al COLPROBA, en forma libre y gratuita, la distribución de la PLATAFORMA FOJAS entre los abogados matriculados de la provincia de Buenos Aires, a través de los Colegios de Abogados Departamentales que así lo requieran.
Fojas es una plataforma gratuita de gestión jurídica. En ella el colega podrá integrar los contactos de su estudio, calendario, consultar la legislación más actualizada, efectuar cálculos jurídicos de manera sencilla y ágil, administrando todo su estudio a través de la ficha control de expediente. Concretando de este modo la real portabilidad de su estudio.
A través de la Ficha se podrá procurar y efectuar el seguimiento de los expedientes con solo completar el campo correspondiente teniendo la posibilidad de agregar a la misma, documentos de Word, PDF, Excel, Imágenes y Enlaces a Páginas Web.
Además se podrán consultar expedientes vía web las 24 horas, todos los días y desde cualquier lugar del país; ya sea de forma online o sincronizando los documentos entre los dispositivos.
Fojas permite consultar sus bases de datos, clientes, calendario, fichas y mucho más en todo momento, tanto desde su PC, como tableta o Smartphone.
Constituye la primera plataforma de quíntuple utilización mediante la cual interaccionan múltiples plataformas informáticas. Windows, Web, Android, IOS (Apple) y Blacberry y ofrece sus productos móviles completamente independientes de la conexión de datos o Internet que se posea.
De esta forma, el colega podrá utilizar al 100% las funciones del sistema y sus diversas plataformas, sin importar si posee o no conexión web.
CONVENIO
En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a los 31 días del mes de marzo de 2014, se reúnen por una parte el COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en calle 14 Nº 747 (esq. 47), de la ciudad de La Plata, representado en este acto por su Presidente, Dr. Bienvenido RODRIGUEZ BASALO, DNI 17.153.735, conforme personería que se acredita con el Testimonio del Acta Nº 692 del Consejo Superior de fecha 6/6/2012 (en adelante denominado «COLPROBA»), y por la otra FOJASWEB SRL, con domicilio en calle Miranda Nº 3702, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su presidente, Dr. José Ramón BALMACEDA, DNI 28.803.080 (en adelante denominada “FOJAS”).
Y CONSIDERANDO QUE:
Que el COLPROBA es un ente de derecho público no estatal que reúne a 19 Colegios de Abogados dentro de la Provincia de Buenos Aires, teniendo como uno de sus deberes y atribuciones celebrar convenios con entidades privadas para prestar la mayor asistencia a los abogados en ejercicio de la profesión.
Que FOJAS es una empresa que ha desarrollado un software para abogados (en adelante “PLATAFORMA FOJAS”), a través de una plataforma gratuita de gestión jurídica destinada a simplificar la tarea del letrado, a través del seguimiento de los expedientes, con la posibilidad de agregar a las fichas pertinentes documentos de Word, PDF, Excel, Imágenes y Enlaces a Páginas Web.
EN RAZÓN DE ELLO, las Partes acuerdan celebrar el presente convenio (en adelante el “Convenio”), sujeto a los siguientes términos y condiciones:
PRIMERA: OBJETO
FOJAS permitirá al COLPROBA, en forma libre y gratuita, la distribución de la PLATAFORMA FOJAS entre los abogados matriculados de la provincia de Buenos Aires, a través de los Colegios de Abogados Departamentales que así lo requieran.
SEGUNDA: VALIDACION DE LA REGISTRACION
La registración de los letrados con domicilio en la provincia de Buenos Aires se realizará a través de la verificación que hará FOJAS contra un “Web Service” del COLPROBA, FOJAS deberá solicitar el Tomo Folio y Depto. judicial donde este matriculado y consultara a COLPROBA su habilitación para el ejercicio profesional siendo que el sistema dará respuesta sobre la situación de matrícula del letrado, y en caso que se encuentre en actividad de ejercicio profesional, convalidará los datos para el alta en la registración.
Este trámite será obligatorio en todos los casos que la Provincia del domicilio denunciado en el formulario de registración sea la de “Buenos Aires”.
TERCERA: NOTICIAS Y NOVEDADES
El COLPROBA y los Colegios Departamentales enviarán a FOJAS las noticias y novedades que deseen publicar a través de la PLATAFORMA FOJAS, para información de los matriculados registrados en el sistema.
En todos los casos, el letrado recibirá tanto las noticias de su Colegio Departamental como las de COLPROBA en forma aleatoria, no debiendo recibir noticias de otro Colegio Departamental del que declaró en la registración.
Las noticias y novedades aparecerán en la PLATAFORMA FOJAS de cada letrado, en la forma y condiciones que determine cada Colegio Departamental
CUARTA: PUBLICIDAD
El ofrecimiento y la comercialización de la publicidad en la PLATAFORMA FOJAS quedarán bajo la exclusiva órbita y responsabilidad de FOJAS, no pudiendo subir a la web aquéllas contrarias a las buenas costumbres, quedando facultado el COLPROBA a exigir la no exhibición de las que considere que no sean razonablemente adecuadas.
Para los matriculados que se hubieran registrado, el ofrecimiento de publicidad por parte de FOJAS, sólo se producirá si dichos matriculados ingresaran específicamente en el menú u opción para tal fin. NO debiendo FOJAS introducir publicidades de ningún tipo durante la utilización del sistema en ningún área de la pantalla y/o que obliguen al usuario a cerrar la ventana emergente, ni al abrir la aplicación o al momento de finalizar.
QUINTA: VIGENCIA
Este Convenio tendrá vigencia a partir del 1º de abril de 2014 y hasta que cualquiera de las Partes decidan darlo por terminado, para lo cual deberá notificar a la otra con un plazo mínimo de 30 (treinta) días de antelación a la fecha a partir de la cual pretende que opere el distracto, sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la otra parte.
SEXTA: RESPONSABILIDAD
El COLPROBA no será responsable sobre los datos que los abogados matriculados registren en el sistema, como tampoco de la pérdida de datos que éstos hubieran ingresado y que por cualquier motivo se perdieran para el matriculado registrado.
SEPTIMA: DOMICILIO. JURISDICCIÓN
a.- Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales las Partes constituyen sus domicilios en los arriba indicados, donde serán válidas todas las notificaciones hasta tanto se informe su modificación. Las notificaciones que deban efectuarse las Partes en relación con este Contrato se efectuarán por escrito y serán válidas en la medida en que sean entregadas personalmente o por correo, en todos los casos con constancia de recepción.
b.- Las Partes realizarán sus mejores esfuerzos para solucionar amigablemente cualquier diferendo, controversia o reclamo que surja entre ellas con motivo de la ejecución del Contrato o que esté relacionado con el mismo o con el incumplimiento, terminación o validez del mismo. En caso de no arribar a un acuerdo, las Partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción, si así correspondiere.
En prueba de conformidad, las Partes firman dos (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.