Ley arancelaria de las Profesiones de Abogados y Procuradores

Ley 8904:
art 9:

«Institúyese con la denominación de » jus » la unidad de honorario profesional del Abogado o Procurador, que representará el uno por ciento (1%) de la remuneración total asignada al cargo de Juez Letrado de Primera Instancia de la Provincia de Bs.As..
Sin perjuicio del sistema porcentual establecido en las disposiciones siguientes los honorarios mínimos que corresponde percibir a los Abogados y Procuradores por su actividad profesional resultarán del número de «jus» que a continuación se detalla.

A C U E R D O N º 3 3 7 2

Suprema Corte de Justicia Prov. de Bs.As.

I. Honorarios Mínimos en Asuntos Judiciales- No susceptible de apreciación pecuniaria

1. Divorcios

60 jus

2. Divorcios por presentación conjunta

30 jus

3. Adopciones

20 jus

4. Tutela y Curatela

15 jus

5. Insania y Filiación

30 jus

6. Tenencia y Régimen de Visitas

10 jus

7. Informaciones Sumarias

10 jus

8. Inscripción en la matrícula de comerciante

15 jus

9. Autorización para ejercer el comercio y trámites similares ante el Registro Público de Comercio

8 jus

10. Rúbrica de Libros de Comercio

4 jus

11. Presentación de denuncias penales con firma de letrado.

10 jus

12. Pedido de Excarcelación

10 jus

13. Excarcelación concedida

12 jus

14. Pedido de eximición de prisión

10 jus

15. Eximición de prisión concedida

10 jus

16. Defensas Penales
 
a- Sumario
   I.- Contravenciones o faltas administrativas: defensa 12 jus; con pruebas producidas 20 jus; resolución favorable 25 jus.
   II.-Juicios correccionales: defensa 22 jus; con pruebas producidas 25 jus; sobreseimiento provisorio 30 jus; definitivo 40 jus.-
   III.-Juicios criminales: defensa 30 jus; con pruebas producidas 35 jus; sobreseimiento provisorio 50 jus; definitivo: 60 jus.-
 
b- Plenario ( absorbe honorarios del sumario)
    I.- Juicios correccionales: defensa 25 jus; con pruebas producidas 35 jus; sentencia absolutoria 55 jus.-
    II.- Juicios criminales: defensa 30 jus; con prueba producidas 45 jus; sentencia absolutoria 69 jus.-
17. Actuación de particular damnificado:
  
a- Embargos e inhibiciones como en los juicios civil y comercial;
  
b- Revocación de libertad provisoria: 12 jus; con pruebas producidas 22 jus.-
  
c- Obtención de prisión preventiva o revocación de sobreseimientos provisorios 25 jus; con pruebas producidas 30 jus.-
  
d- Obtención de condenas o revocación de sobreseimiento definitivo 30 jus; con pruebas producidas 50 jus.-
18. Actor civil en materia penal: como en materia civil y comercial.
  
a- Querellas 30 jus; con producción de pruebas 50 jus; con éxito 60 jus.-
  
b- Patrocinio de defensores: como en materia civil y comercial.-

II. Honorarios mínimos por la labor extrajudicial

1. Consultas verbales

0.5 jus

2. consultas evacuadas por escrito

1 jus

3. Estudio o información de actuaciones judiciales o adm.

2 jus

4. Asistencia y asesoramiento del cliente en la realización de actos jurídicos

2,5 jus

5. Por la redacción de contratos de locación, del 1 al 5 % del valor del contrato con un mínimo de

6 jus

6. Redacción de boleto de compraventa, del 1 al 5 % del valor del mismo con un mínimo de

10 jus

7. Por la reacción de testamentos del 1% del valor de los bienes con un mínimo de

10 jus

8. Por la redacción de contrato o estatutos de soc. com. o de asoc.,fundaciones y constitución de personas jurídicas en gral. del 1 al 3 % del capital social con un mínimo de

20 jus

9. Por la redacción de contratos no comprendidos en los incisos anteriores del 1 al 5% de valor de los mismos con un mínimo de

6 jus

10.Arreglos extrajudiciales: mínimos el 50% de las escalas fijadas para los mismos asuntos judiciales establecidos en la presente ley.

 

11. Por gastos administrativos de estudio para iniciación de juicios ( fotocopias, abrir carpetas, aporte de colegio, etc.)

1 jus

12. Redacción de denuncias penales ( sin firma del letrado)

8 jus