VISTO:

La Disposición General N° 18 del año 2012, reglamentaria de los procedimientos internos, de los títulos y documentos que deben ser acompañados en los trámites que se inicien ante la Dirección Provincial de Personas jurídicas y demás disposiciones generales complementarias, que fuera publicada en el Boletín Oficial el 04 de Mayo de 2012,  y;

CONSIDERANDO:

Que se han detectado errores de impresión en la aludida publicación, que hace necesario el dictado de la presente como texto ordenado de la Disposición General Nº 18/2012

Que la presente Disposición se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 3.6.1 y 6.5.1 del Decreto Ley 8671/76, artículo 2 del Decreto 284/77 y el Decreto 602/10,

Por todo ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISPONE:


 

ARTICULO 1°: Apruébase como texto ordenado de la Disposición Nº 18/2012, reglamentaria de los procedimientos internos, de los títulos y documentos que deben ser acompañados en los trámites que se inicien ante la Dirección Provincial de Personas jurídicas que como Anexo I forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 2º: Apruébase como texto ordenado de la Disposición Nº 18/2012 los formularios tipo que como Anexos II a XX forman parte integrante de la presente Disposición.

ARTICULO 3°: Instruyese a las Direcciones de Legitimaciones, Registro, Fiscalizaciones, Mutuales,  Técnico Administrativa y Oficinas Delegadas,  para que dentro del ámbito de sus respectivas competencias adopten las medidas que consideren necesarias a fin de informar, capacitar e instruir a los agentes que se desempeñen bajo su órbita, respecto de la normativa que por la presente se aprueba.

ARTÍCULO 4º: Encomiéndese a la Dirección Técnico Administrativa la colocación de avisos en la cartelera y demás sitios habilitados al efecto, por medio de los cuales se informe a particulares y profesionales de la nueva normativa general que regirá los trámites que se inicien desde el día 2 de Agosto de 2012, de acuerdo a la fecha establecida en el Artículo 3° de la Disposición General Nº 18/2012.

ARTICULO 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y al SINBA. Póngase en conocimiento de las Direcciones de Legitimaciones, Registro, Fiscalizaciones, Mutuales y Técnico Administrativa, Departamentos, Áreas y Oficinas Delegadas. Cumplido, Archívese.-

DISPOSICION GENERAL Nº: 51/2012 (Texto Ordenado de la Disposición General Nº 18/2012).-